Cláusulas legales informativas
Tus derechos
Te dejamos la información legal de nuestra web
PREDISEN S.L.como Responsable del tratamiento, debe desarrollar los textos informativos para que todas aquellas personas que se vinculan habitualmente con su negocio, bien en calidad de clientes, proveedores, el personal, terceros, representantes legales, y cualesquiera otras categorías conozcan con amplitud, suficiencia, claridad y practicidad, cómo se realiza el tratamiento de sus datos personales una vez son recabados por la organización.
Para practicar la información las cláusulas desarrolladas deberán incluir en formato doble capa, en todo caso y como mínimo:
- Responsable del tratamiento con su identificación
- Delegado de Protección De datos (en su caso)
- Procedencia de los datos
- Finalidad del tratamiento
- Legitimación
- Conservación
- Destinatarios
- Ejercicio de Derechos
- Transferencias Internacionales de Datos (en su caso)
- Derecho a presentar reclamación ante la Autoridad de Control
Por otra parte, se solicitará el consentimiento para el tratamiento en caso de que la base legitimadora sea ésa, en toda documentación en que se recaben datos personales, debiendo ser emitido dicho consentimiento de modo expreso preferentemente.
Para el caso del tratamiento de datos de riesgo elevado, se manifestarán las medidas de seguridad técnicas y organizativas que se adoptan para proteger la información, se atenderá especialmente al principio de minimización de datos recabados. El consentimiento en estos casos, se recomienda ser escrupulosos en su cuidado y ser absolutamente expreso y por escrito.
En caso de videovigilancia, el tratamiento debe respetar lo establecido legalmente para el equipamiento a utilizar y ser respetuoso con los principios recogidos en la L.O. 3/2018 y el desarrollo e interpretación realizada habitualmente por la Agencia Española de Protección de Datos en documentos como la Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades.
Con arreglo a ella, se tendrá en cuenta si el uso e instalación de las cámaras se realiza con finalidad exclusiva de atender a la seguridad de las instalaciones y por ello, de la seguridad ciudadana, o además con intención de realizar un control de la ejecución laboral del personal de la organización, es decir, finalidades diferentes de la seguridad propiamente dicha. En cualquier caso, el tratamiento debe obedecer a los principios de licitud y transparencia, proporcionalidad y favoreciendo enla medida de l
posible la intimidad de las personas cuya imagen es objeto de tratamiento.
Para cumplir con el deber de información, la organización debe como mínimo:
- Exhibir en lugar visible y como mínimo en los accesos a zonas vigiladas un distintivo o cartel informativo que exprese al menos:
Existencia del tratamiento.
En caso de organismo público que lo precise, información sobre el acceso y visita a sitios oficiales de la Unión Europea.
Responsable del tratamiento y/o encargado de tratamiento.
Ejercicio de derechos y obtención de más información (segunda capa)
Cualquier otra información necesaria como el Delegado de Protección de datos (en su caso), conservación, cesiones, etc.
- Informar mediante cláusula específica al personal y distintivo adecuado, sobre la existencia de la videovigilancia y de las consecuencias que puede conllevar la visualización y/o grabación de las imágenes.
- Respetar los principios de proporcionalidad, relegando el uso de videovigilancia a los casos estrictamente imprescindibles y con un número de cámaras adecuado, sin excesos.
- No instalar cámaras en zonas de intimidad, vestuarios, zonas de esparcimiento, y similares
- Informar de que el sonido en general no está permitido, y no será captado salvo situaciones excepcionales y muy justificadas.